ESCUELA DE SEGURIDAD VIAL ISLA CRISTINA

ESCUELA DE SEGURIDAD VIAL ISLA CRISTINA

lunes, 2 de julio de 2012

ZONA AZUL EN ISLA CRISTINA

Muchos han sido los ciudadanos que nos han parado por la calle, para preguntarnos por el sistema de nueva incorporación a nuestro municipio de regulación de zonas de estacionamiento limitado, o lo que es lo mismo, Zona Azul.

 Como bien sabemos, existen numerosos municipios que ya han incorporado este sistema de rotación en los aparcamientos(Zona Azul), para la gestión de estas áreas normalmente, las Autoridades locales contratan empresas privadas, las cuales destinan empleados al control del cumplimiento de la normativa reguladora de dicha zona azul . El objetivo suele ir encaminado a la compatibilidad equitativa de la distribución de aparcamientos entre usuarios y la fluidez del tráfico rodado.

Se determinará mediante Bando de Alcaldía las vías públicas que están sujetas al estacionamiento limitado, siendo normalmente calles de marcado carácter comercial y por tanto con una elevada demanda de aparcamiento.




PLAZAS AZULES: Son de gran equipamiento comercial, por lo que demandan una alta rotación.


Periodo máximo:  2 horas en Isla Cristina (3 horas residentes)
                           3 horas en Islantilla, Urbasur y zona playa

Los usuarios de estas vías, transcurrido el tiempo máximo de estacionamiento, no podrán en ningún caso estacionar en la misma calle.

          Tarifa:

Mínimo: 35 minutos--------------------0.40€      
               1 hora-----------------------0.70€
               2 horas----------------------1.50€
               3 horas----------------------2.50€
               Fracciones intermedias------ 0.05€


                                   50% Residentes



PLAZAS ROJAS: Constituyen el perímetro del centro de protección de la ciudad.

Periodo máximo: 24 horas.

Tarifa:

Mínimo: 1 día--------------------------1.50€
             1 semana----------------------6.00€
             Máximo 1 mes------------------------20.00€ 
             Sin fracciones intermedias



PLAZAS VERDES: Estas vías son de baja rotación.

Periodo máximo: 9 horas(cubriendo así la necesidad del usuario que por motivos laborables o de otra índole demanda un mayor periodo de permanencia).

Tarifa:

             1 hora-----------------------0.70€
             2 horas----------------------1.50€
             3 horas----------------------2.50€
             4 horas----------------------3.50€
             5 horas----------------------4.50€
             6 horas----------------------5.50€
             Jornada completa--------------7€
             Fracciones intermedias-------0.50€



TARIFA EXPEDICIÓN DE TARJETA DE RESIDENTE:  Coste 00.00€

TARIFA ANULACIÓN DE DENUNCIA:        


Por exceso de tiempo--- 3,00€
Por carecer de ticket-----8.00€



La tarifa de de anulación de denuncia será aplicable tan sólo a usuarios que adquieran el ticket de anulación dentro de las 24 horas siguientes a la formulación de la denuncia y siempre que esta, no haya sido ratificada por miembros de la Policía Local. 
                    


CALENDARIOS Y HORARIOS:


ISLA CRISTINA---------------ZONA AZUL-------------TODO EL AÑO

- Laborables(de lunes a viernes): de 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 horas
- Sábados: de 09:00 a 14:00
- Domingos y festivos: Sin servicio

ISLANTILLA-URBASUR-------ZONA AZUL------------01 DE JULIO A 15 DE SEPTIEMBRE

- De lunes a domingo.- de 10:30 a 13:30 y de 18:00 a 00:00 horas

ISLANTILLA-URBASUR-------ZONA VERDE------------01 DE JULIO A 15 DE SEPTIEMBRE

- De lunes a domingo.- de 10:30 a 19:00 horas

ISLANTILLA-URBASUR-------ZONA ROJA------------01 DE JULIO A 15 DE SEPTIEMBRE


- De lunes a domingo.- de 10:30 a19:00 horas.


RESIDENTES:

Los residentes cumplimentarán una solicitud que será facilitada en el departamento de Tráfico Municipal, a la que adjutarán inexcusablemente la siguiente documentación:

- ORIGINAL Y COPÍA PARA COMPULSA DEL D.N.I
- CARNET DE CONDUCIR
- PERMISO DE CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO
- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO
- ULTIMO RECIBO IMPUESTO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA


El tramite no tiene coste alguno y la tarifa irá sujeta a la Ordenanza Fiscal correspondiente. Una vez aprobada la concesión de la tarjeta de residente, se le entregará y deberá de adherirla de forma visible en el interior del vehículo, en su parte delantera(parabrisas delantero).



PROCEDIMIENTO

Se deberá exhibir en el interior del parabrisas totalmente visible desde el exterior, el justificante de la tasa correspondiente al tiempo de estacionamiento, que previamente habremos obtenido en la máquina expendedora. Transcurrido el periodo de tiempo abonado, el usuario tendrá que retirar su vehículo del estacionamiento, no pudiendo estacionar durante los siguientes diez minutos en zonas regladas a menos de 100 metros del lugar donde lo hiciera la última vez.



SUPUESTOS DE NO SUJECIÓN O LIMITACIÓN DE ESTACIONAMIENTO:

  1.  Motocicletas, ciclos, ciclomotores y bicicletas.
  2.  Estacionamientos en zonas reservadas para su categoría o actividad.
  3.  Autotaxis de servicio y con su conductor presente, así como vehículos de alquiler de S.P con conductor (en  identicas condiciones).
  4.  Los destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba autorización especial  correspondiente, con sujección a las prescripciones y límites establecidos y siempre que se este transportando al titular de la autorización.
  5. Los residentes estarán sujetos al pago de la tasa establecida en la Ordenza Fiscal correspondiente cuando el estacioamiento se produzca en el barrio de su residencia autorizado en el distintivo que a tal efecto posean.
                          -----------------------------------------------------------------------------

Estos son los datos que hemos podido obtener de la Ordenanza Municipal de Circulación, Determinación y Regulación de Zonas de Estacionamiento Limitado en la ciudad de Isla Cristina, de fecha 17/09/2010 y que esperamos sirva de orientación a todos los ciudadanos. Hemos podido saber que el control llevará incorporado cámaras de vigilancia, que la empresa se llama DIAMAS SERITEC y que tienen la concesión por cinco años. Según informó la propia Alcaldesa en el último pleno ordinario de 29 de junio.

Sobre la pregunta sobre la legalidad de las multas de los controladores, decir que si bien en el artículo 8 y 9 de la Ordenanza referida expone:

"Los vigilantes de las zonas de estacionamiento limitado vendrán obligados a denunciar las infracciones generales de estacionamiento que observen y las referidas a la normativa específica que regula dichas zonas. Asimismo, cualquier persona podrá formular denuncia de las infracciones a los preceptos de la presente Ordenanza que pudiera observar".

"Las infracciones en materia de estacionamientos limitados, serán objeto de denuncia, bien efectuadas por la Policía Local o por el personal adscrito al servicio público de control de estacionamientos, conforme a lo establecido en el Real Decreto legislativo 39/1990, de 2 de marzo y Ley 5/1997, de 24 de marzo"

En el primer y segundo apartado, en el que un Vigilante de parquímetro, como es el caso, se somete al procedimiento pertinente de las denominadas Denuncias Voluntarias que todo ciudadano tiene derecho a efectuar, no puede conllevar el tramite de la instrucción de un procedimiento, que sólo la Autoridad por si puede realizar.

Nuestra Constitución atribuye la potestad al Estado, es decir, al Poder Judicial (Juzgados y Tribunales) y al Poder Ejecutivo (Administración). Tambien cuenta con esa facultad las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, lo que no incluye a las Empresas que contraten con la Administración la gestión de un servicio, por muy público que este sea. Así que, la falta de competencia material es un vicio de nulidad de pleno derecho de los actos administrativos, es decir, los empleados de la zona azul no son competentes para poner multas.

Se exige un procedimiento sancionador como garantía en el ejercicio de la potestad sancionadora, los cuales deberán establecer la preceptiva separación de la fase instructora y la sancionadora, encomendándose a diferentes órganos.

Concretamente en el municipio donde nosotros nos encontramos, las multas que estas empresas ponen tienen el carácter de anulables si la multa se impone como consecuencia de haber excedido en el tiempo permitido de estacionamiento. En cambio, tienen carácter de no anulables si el ususario sencillamente no ha abonado el importe de estacionamiento. Por tanto, estas últimas quieren dar a entender que son firmes, vulnerando así la exigencia constitucional del procedimiento.

En resumen y para no liaros, las denuncias impuestas por controladores sin el respaldo de un Agente de la Autoridad (Policía Local) carecen de cualquier valor jurídico y por tanto nulas de pleno derecho.(Sentencia del 22-09-1999 Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 4º).

Sobre las ventajas o inconvenientes que puede tener sobre la población, se nos han ocurrido las siguientes:

VENTAJAS DEL ESTABLECIMIENTO DE ESTACIONAMIENTO LIMITADO:

- Poder estacionar próximo a los comercios.
- Hacer menos uso de los vehículos que les afecta la limitación horaria; y por tanto, menos contaminación y más uso de bicicletas y ciclos.
- Se evitan los estacionamientos de vehículos por largos periodos en las mismas zonas.
- Se evitan los molestos y peligrosos aparcamientos en doble fila.
- Poder acceder fácilmente al Centro Ciudad, en la mayoría de las poblaciones es de uso exclusivo para peatones.
- La ausencia indefinida de vehículos en estado de abandono.

INCONVENIENTES:

- Los residentes suelen estacionar el vehículo en tramos no afectados por la limitación horaria, masificando de vehículos el perímetro afectado(ya pudimos experimentarlo con los trabajadores de Islantilla que aparcaban en las zonas no afectadas de Urbasur).
- Tener que estar pendiente al reloj para no excederte en el tiempo abonado.
-  Los vehículos comerciales no están exentos, por lo que tendrán que moverse de la misma puerta como suelen estar en la actualidad, etc.

Seguro que se os ocurren infinidad de opiniones sobre ventajas e inconvenientes, nosotros sólo hemos puesto las primeras que se nos han venido a la cabeza.

Este artículo lo hemos publicado ante la demanda de ciudadamos que nos lo han solicitado, sabemos que no es un tema de los que solemos tratar pero igualmente lo hacemos gustosamente.

Por ahora desconocemos la fecha exacta en que comenzará a funcionar, ya las plazas de zona azul y verde están pintadas sobre la calzada. Faltaría aún la instación del circuito de cámaras, los parkimetros y las señalizaciones correspondientes.